DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: NO ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA planteada por la juez del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental para conocer y decidir el presente asunto, juicio de RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentado por la sociedad mercantil MULTISERVICIOS S.J. 2003 C.A. contra el JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Como consecuencia de lo anterior:
PRIMERO: Se plantea el CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA.
SEGUNDO: SE ORDENA REMITIR CON OFICIO el presente asunto a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Désele salida.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al libro respectivo.