Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1.PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la ciudadana OMAIRA MARIA PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.768.442, debidamente asistido por la abogada MARIA SALAS inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 161.084, funcionario público adscrito al Programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de Magistratura, en contra del ciudadano WILLIAM RAMÓN CEBALLO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.985.191 y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina .....