Por todas las razones expuestas este Juzgado Superior, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ JOAQUÍN BURGOS, identificado con cédula N° 1.204.607, asistido por el abogado Mario Ramón Mejias Delgado, identificado con cédula N° 8.143.460, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 61.140, en contra de C.A. ELECTRICIDAD DE VALENCIA (ELEVAL).