DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Niega la autorización solicitada por el abogado GASTON SALDIVIA DAGER, en su carácter de representante legal del ciudadano: JUAN PEDRO PEREIRA (Querellante) para la grabación videográfica del juicio oral y público fijado para el día 09-10-2007, en la presente causa KP01-P-2005-000023.- Todo de conformidad con el contenido del artículo 334 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el contenido de la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia Nº 105, de fecha 23 de junio de 2006, y con ponencia de la Magistrado: DEYANIRA NIEVES BASTIDAS. - Notifíquese a las partes, acusados, víctima.- Líbrese boleta.- Regístrese.- Publíquese.- Cú.....