Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se REPUSO LA CAUSA al estado de sustanciar y decidir la cuestión previa opuesta por los intimados en el procedimiento de ejecución de hipoteca seguido por la empresa Casa Propia Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A., contra los ciudadanos Jris Okla Al Khouri Al Khouri y Gloria María Alonzo de Al Khouri. No hay condenatoria en costas. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artìculos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.