Duaca, 05 de Octubre del 2016
Años: 206° y 157°
ASUNTO: 1.809-2016
Visto el Convenimiento suscrito por ante La Defensoría Municipal para la Protección Integral del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Crespo, Estado Lara, en fecha 03-05-2016, entre los ciudadanos GONZALEZ APARICIO, ROSMER DEL CARMEN y RIERA SANCHEZ, DARWIN ANTONIO, titulares de las Cédula de Identidad Números V-17.852.249 y V-15.424.137, respectivamente, plenamente identificados en autos demandante y demandado en el presente juicio, con el fin de llegar a un acuerdo con respecto a la Obligación de Manutención, expusieron lo siguiente:
PRIMERO: El padre se compromete a suministrar la cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,00) quincenal, se lo entregará en el lugar de trabajo del padre.-
SEGUNDO: La Madre manifiesta estar de acuerdo con la cantidad suministrada por el padre y se compromete administrar y suministrar dichos recursos a su hijo.
TERCERO: En relación a los gas.....