En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
INADMISIBLE, el recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos Pasqualino Iacobucci Fracaso y Rocco Spinelli Cassino ya identificados, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº GJT-DRAJ-A-2004-391 del 06 de febrero de 2004, emanada de la Gerencia Jurídica Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por falta de cualidad o interés del recurrente, establecido en el numeral 2 del artículo 266 del Código Orgánico Tributario.