Por las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta la ciudadana MARÍA MARGARITA SILVA TORCATT, cédula de identidad V-6.940.763, asistida por el abogado Lubin Aguirre, Inpreabogado N° 27.024, contra la UNIVERSIDAD DE CARABOBO. En consecuencia, se ORDENA a la Rectoría de la Universidad de Carabobo dictar decisión en relación Nombramiento de la ciudadana Maria Margarita Silva Torkatt, como Profesora de la asignatura Biomateriales odontológicos de la Universidad de Carabobo.
El presente mandamiento de amparo constitucional debe ser acatado por las autoridades de la República, con pena de incurrir en desobediencia a la autoridad, de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la.....