Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana NORIS DEIKA PINEDA ESCOBAR, cédula de identidad V-4.450.009, representada judicialmente por la abogada Arminda María Mendoza, Inpreabogado No. 100.917, contra el acto administrativo del 2 junio 2003 dictado por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN JOAQUIN, ESTADO CARABOBO.
2. SE DECLARA la nulidad absoluta del acto administrativo del 2 junio 2003, suscrito por el Alcalde del Municipio San Joaquín, Estado Carabobo, mediante el cual "acepta la renuncia" de la querellante al cargo de Jefe del Departamento de Programas Sociales y Convenios de la Alcaldía del Municipio San Joaquín, Estado Carabobo.
3. SE ORDENA la reincorporación de la querellante la ciudad.....