En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ACTUALIZADO el cómputo en la presente causa seguida a los sancionados XXXXXX, XXXXX, XXXXX, XXXXX, XXXX, XXXX Y XXXXX, CUMPLEN MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE CINCO (05) AÑOS, donde se determinó que : 1) XXXXXXXXXXX, ha cumplido de DOS (02) AÑOS CUATRO (04) MESES y SIETE (07) DIAS días, faltándole por cumplir el lapso de dos (02) años, siete (07) meses y veintitrés (23) días, los cuales vencerán el 28/08/2016.2) El sancionado XXXXXXXXXX, ha cumplido un (01) año nueve (09) meses y veinticuatro (24) días, que restados de la sanción por cumplir de cinco (05) años de privación de libertad, le falta por cumplir TRES (03) AÑOS DOS (02) MESES y SEIS (06) DIAS, que vencerán el 11-01-2017.3) El sancionado XXXXXXXXXX, ha cumplido DOS.....