Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por la Sociedad Mercantil AVECATUN INDUSTRIAL, S.A, (AVECAISA) contra el acto administrativo denominado "AUTO" de fecha 01 de noviembre de 2011 que ordeno el pago de las diferencias de los conceptos legales y contractuales dejados de percibir por todos los trabajadores de la empresa AVECATUN INDUSTRIAL, S.A. (AVECAISA), desde el 26 de octubre de 2011 hasta la efectiva reanudacion de las labores en la misma y notificar a las representaciones sindicales existentes en la empresa Ut Supra, emanado de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANA ESTADO SUCRE. Comuníquese al Inspector del Trabajo, de esta decisión una vez que quede firme la sentencia. Y ASI SE DECIDE
SEGUNDO.....