este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en aras de mantener el orden en la presente causa, preservar y enaltecer el derecho a la defensa y proteger el derecho al debido proceso, los cuales se encuentran contenidos en nuestra Carta Magna, REPONE la presente causa al estado de designar un nuevo defensor ad-litem, declarándose NULO de toda nulidad el auto de fecha 02/06/2.017 fecha en la cual, fue designado el defensor Ad-litem, así como todas las actuaciones procesales subsiguientes al referido auto, conforme al artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, por lo que una vez quede firme la presente decisión, SE ORDENA designar nuevo defensor ad-lítem a los co-demadados JENNIFER CLARET ROJAS GIMNEEZ, Y, JORGE DAVID SOBELLIA TORRES, debiendo observar las obligaciones señaladas en la motiva del presente fallo y una vez este preste el juramento de Ley, comenzará a transcurrir el lapso señalado en aut.....