este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, considera satisfechas las exigencias contempladas artículo 48 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 318 ordinal 3º eiusdem. Asimismo el artículo 108, ordinal 4º del Código Penal, y Decreta el SOBRESEIMIENTO a favor de ROSMARY ANMIR IRIGOYEN PACHECO Y ZULIVET AIMAR LARES, por prescripción ordinaria por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de CHARITY ANDREINA PADILLA GONZALEZ.