este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publiquese y Registrese la presente decisión.-. Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada LEAR DE VENEZUELA C.A. en la persona de su GERENTE DE RECURSOS HUMANOS ciudadano GUALBERTO TOMAS BELLO TUNEZ titular de la Cédula de Identidad No. 5.558.863 debidamente asistido por la abogada en ejercicio VINCENZA PERRECA inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 95.561 quien consigna a todo evento en éste acto: Escrito de Pruebas contentivo de dos (2) folios útiles y anexos en copia simple identificados 1, 2 y 3.
La Juez
La Secretaria
Abg MARJORIE GOMEZ
Abg. GLADYS MIJARES LUY
Parte Demandada