Finalmente el Juez le pregunto al ciudadano NEYVITT CABRALES FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N.° 15.138.361, si tiene pleno conocimiento de la convenimiento aquí celebrada. Seguidamente el citado ciudadano le manifestó al Juez, que esta totalmente de acuerdo con los términos de este convenimiento de pago y que comparece voluntariamente a este acto y le solicita al Juez ordene el cierre y archivo del expediente. Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. De esta Acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. Déjese copia en el archivo, se leyó y conformes firman
EL JUEZ