DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda:
PRIMERO: Acuerda mantener la Medida Cautelar menos gravosa, impuesta al ciudadano JULIO CESAR PIÑA QUINTANA, cédula de identidad N° 11.121.786, consistente en presentaciones cada treinta (30) días ante el Tribunal, conforme al artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de Resistencia a la Autoridad y Lesiones Intencionales Simples.
SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la Orden de Aprehensión, en consecuencia líbrense los respectivos oficios.-
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Ofíciese.-
Juez de Control Nº 2
Abg. Leila Ibarra Secretaria Administrativa