DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena:
¿ REPONER LA CAUSA al estado de que el Juez de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio, ordene la apertura de la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de determinar la suficiencia o no de los montos consignados a favor del actor con motivo de la persistencia en el despido.
¿ Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
¿ No hay condenatoria en COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.
¿ Se REVOCA, en consecuencia el fallo apelado