DECLARA: SIN LUGAR la demanda incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES GISMAVI C.A., mediante apoderados judiciales contra la ADMINISTRACIÓN DEL CONDOMINIO DEL INSTITUTO DOCENTE DE UROLOGIA, todos plenamente identificados en los autos, en consecuencia, se condena en costas a la parte actora, porque fue totalmente vencida en este proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a las partes, por cuanto el fallo fue dictado fuera del lapso de diferimiento, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.