Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoado por la ciudadana DILIA ANTONIA CHACÒN SALAZAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.976.175, domiciliada en Altamira, Marigüitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, mediante la cual procedió a demandar al ciudadano : JOSE RAFAEL RIVERO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular cedula de identidad Nº V- 10.461.882, domiciliado en Cumana, Municipio Sucre, Estado Sucre y trabaja en la Empresa La Florida, Ubicada en la Calle Principal de Las Palomas, cerca del terminal, Cumana Municipio Sucre, Estado Sucre