PRIMERO: INADMISIBLE la demanda conforme a lo previsto en el Artículo 35 numeral 07 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa por verificarse la existencia decaimiento del interés jurídico actual.
SEGUNDO: Téngase por concluida la relación de trabajo entre la ciudadana Jesica DESIREE GALEA MONTILLA de cedula V-18.863.872 y AGRO & VET C.A. concluida por retiro el 22 de agosto de 2024 según lo evidenciado en el expediente administrativo Nº 005-2024-01-00459.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del procedimiento, en virtud de que no pretende acción de condena.