La COrte ANULA la decisión que declaró parcialmente con lugar la querella interpuesta, por razones de orden público, al encontrase caduca la acción en cuanto a la impugnación del acto de remoción; declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial. En consecuencia; ANULA el acto administrativo N° 229-05 de fecha 09 de abril de 2005, dictado por la Cámara del Municipio Autónomo Sucre del estado Miranda, mediante el cual se retiró a la querellante del cargo de Difusor Social y se ORDENA su reincorporación por el lapso de un mes, periodo de disponibilidad, durante el cual deberá la referida Cámara Municipal realizar los trámites correspondientes, a los fines de su reubicación en un cargo de carrera de similar jerarquía o superior nivel y remuneración al que ocupaba antes de la remoción, con el pago del sueldo correspondiente a dicho mes. 01