En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR, la acción incoada por el ciudadano FRANCISCO JOSE PEREZ QUERALES, titular de la cedula de identidad Nº 18.613.722, contra la entidad de trabajo ANTONUCCI & ASOCIADOS, C.A. Razon por la cual se le condena al pago de Bs. 125.156,68 CIENTO VEINTICINCOMIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS.