DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano TOMAS YAIL DIAZ ALIENDRES, venezolano, natural de Santo Domingo, Municipio Benítez, de 42 años de edad, nacido en fecha: 04/12/1974, soltero, funcionario publico, titular de la Cédula de Identidad Número V- 13.275.857, hijo de Rosa Aliendres y Tomas Díaz (F) y residenciado en: El Sector La Gloria, Vía Nacional Carretera Carúpano - El Pilar, casa S/N, cerca de la Cachapera La Esperanza, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código penal en perjuicio de DIORVIS RAFAEL CEDEÑO MOLINA, y el delito de PECULADO DE USO, previsto y sancionado en el articulo 54 de la Ley Contra la Corrupción en perjuicio de EL ESTADO VE.....