Con fuerza en la motivación anterior esta SALA ÚNICA DE LA CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho MARIELBA CASTILLO, actuando su carácter de Defensora Pública Penal Sexta (6°) del Estado Cojedes, en representación del ciudadano LUIS MAR JOSE MANIAS, portador de la Cédula de Identidad N° (...), en contra de la decisión dictada en fecha 21 de enero de 2016, por el Tribunal Penal Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control San Carlos, estado Cojedes, mediante la cual decretó en contra de su defendido, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con .....