DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JOSE MODESTO MANEIRO ROMERO, Venezolano, Natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, estado Sucre, de estado civil soltero, de 18 años de edad, de profesión u oficio obrero, Cédula de Identidad Nº V-27.190.806, nacido en fecha 12-09-1997, hijo de Sonia Romero y José Maneiro, residenciado en canchunchu viejo, calle los olivos, casa sin numero, cerca de la bodega de prudencia, Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre, Teléfono 0424-236-09-98, por estar incurso en la comisión del d.....