DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada en el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el ciudadano JOSE GUSTAVO CASTELLANOS MENDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-7.412.144, actuando en nombre propio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 147.113 contra el TRIBUNAL DISCIPLINARIO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO LARA.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.