Se dictó sentencia por medio de la cual este Tribunal se declara incompetente por la materia para conocer de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLINA su competencia, y ordena remitir la presente solicitud de Amparo Constitucional por Derecho a la Salud, al Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien a criterio de este Juzgador, es quien deberá conocer de la presente solicitud, absteniéndose el Tribunal de pronunciarse acerca del DESISTIMIENTO de la acción propuesta por el recurrente.