DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara la cesación de acudir a recibir Tratamiento de Rehabilitación por problemas de drogas, en favor del joven IDENTIDAD OMITIDAen la causa seguida por el delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal. Notifíquense de lo conducente al joven, a la Defensa y a la Representación Fiscal Líbrese oficio a la Oficina Estadal Antidrogas ( Ona ¿Lara) ubicada en la carrera 17, entre calles 41 y 42 No 41-58, frente a la Fundación Adventista teléfonos 0251-4471546- 4453760 y 0414-5149074