V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la empresa mercantil PRONUTRI C.A.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia dictada en fecha 5 de junio de 2009 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
TERCERO: Conociendo del fondo del asunto, se declara SIN LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento interpuesta por el abogado RAÚL H. PÉREZ MUJICA, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ, contra la sociedad mercantil PRONUTRI C.A..
Notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimie.....