Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer la inhibición formulada por el Doctor Freddy Vásquez Bucarito, en su condición de Juez Vicepresidente de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. 2.- CON LUGAR la inhibición presentada. 3.-ORDENA NOTIFICAR al Doctor Freddy Vásquez Bucarito, en su condición de Juez Vicepresidente de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, de la decisión de autos, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la publicación del presente fallo. 4.- IMPROCEDENTE la recusación propuesta por el abogado Paul Alvarado Rodríguez, actuando con el carácter de "Gerente de Procedimientos y Asistencia Jurídica y Delegatario del Director Ejecutivo de Auditoría Fiscal de Petróleos de Venezuela S.A.