En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE LUIZ CARNEIRO DA CUNHA, brasileño, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 82.266.347, representado judicialmente por los abogados LUIS BARRANCO LA GRUTTA y FREDDY BARRANCO LA GRUTTA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 5.758 y 67.386 respectivamente, en contra de la sociedad de comercio “EXPRESOS DEL CARIBE, C.A”, inscrita en el Registro Mercantil del Segundo Circuito de la circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 10 de agosto del año 1983, bajo el N° 10, Tomo A-N-38 y condena a esta a cancelar los siguientes montos y conceptos:
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