Este JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante MANUEL ENRIQUE FERNÁNDEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de ocupación Agropecuario, de estado civil casado, de sesenta y dos (62) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.993.421, natural de Chiguará Estado Mérida, fallecido en fecha veintidós (22) de Marzo del dos mil once (2011), según Acta de Defunción Nº 19, de fecha veintidós de marzo del año 2011, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, a la solicitante ciudadana MARÍA ESPERANZA GUTIÉRREZ VIUDA DE FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.700.182, domi.....