Visto el convenimiento habido entre las partes en fecha 04-07-2.007, que cursa al folio 83 del Expediente, este Tribunal acuerda homologar la presente causa como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se tiene para su archivo una vez que la parte demandada de total cumplimiento al mismo; igualmente ordena suspender la medida de embargo practicada en fecha 27-06-2.007.-.-