Hoy, 06 DE JULIO DE 2010, SIENDO LAS 10:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: ciudadana ANGÉLICA AGUILERA RIFFO, titular de la cédula de identidad No.15..020.657, y de la parte co-demandada TAO CONCEPT, C.A. y PABLO ENRIQUE PÁEZ OSIO,, ni por si, ni por medio de Apoderados Judiciales algunos. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Es todo.