esta Jueza Presidenta de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR LA INHIBICION propuesta por la MORELA FERRER BARBOZA, en su condición de Jueza Superior Nro. 6 de la Sala Nro. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, a los fines de no conocer el asunto signado con el No GP01-R-2017-000014, contentivo de Acción de Amparo interpuesto por la ciudadana Coromoto Borjas en su condición de madre y correo especial de los ciudadanos Leonardo Jose Cabaña Borjas y José Silva Malvao por omisión de pronunciamiento y violación al debido proceso, en contra de la Jueza Segunda en Funciones de Juicio; razón por la cual deberá seguir conociendo del asunto No GP01-O-2017-000014