Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara sin lugar la apelación interpuesta por la parte demandada y con lugar la apelación interpuesta por la parte; se modifica el fallo recurrido conforme a lo expuesto en la motiva.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con el Artículo 59 de de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.