Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA; en consecuencia, y previo ajuste efectuado por este Tribunal de los conceptos reclamados, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de BOLÍVARES UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON VEINTISIETE CENTIMOS (Bs. 1.884.217,27), el cual comprende los conceptos y montos que se discriminan posteriormente, siendo prudente destacar que el Juez laboral por mandato legal contenido en el artículo 131 ejusdem, se encuentra obligado a verificar la procedencia en derecho de las pretensiones del actor, por lo cual ordena incorporar en este mismo acto al expediente los escritos de pruebas presentados por las partes al inicio de la audiencia preliminar, y una vez revisados los conceptos recla.....