En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA FORMALMENTE ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal 1º de Control de esta Circunscripción Judicial Penal, el día 1 de julio de 2.008, en contra del ciudadano FRANKLIN MEDINA, venezolano, de 33 años de edad, Vigilante, soltero, titular de la Cédula de Identidad 14.028.110, hijo de Juana Medina y Gilberto Martínez, y domiciliado en el callejón Buchivacoa, Sector Bobare, casa N° 12, cerca de la plaza Alí Primera, de esta ciudad de Coro estado Falcón, que lo condena a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal.