Por lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control Nª 5 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECRETA MEDIDA Privación Judiical Preventiva de Libertad Contra el ciudadano MANUEL ENRIQUE ESCOBAR SOTO Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 9.575.790 de 43años de edad, soltero, de oficio Agricultor, nacido el 09.02.1965, hijo de Urbano Escobar y Ana Soto residenciado en la vía Villa Nueva caserío El Alto casa S/N a 100 metros de la escuela Los Áticos de la población de Guarico Estado Lara. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 250, 251, 252. Regístrese y Publíquese. Se ordena notificar a las partes.