Visto el Beneficio de Redención de fecha 05-08-2010, a favor del ciudadano BARTOLO RAMÓN SANTA MARÍA UZCATEGUI, C.I. N° 13863585, nacido el 25-01-1978, natural de Valera, hijo de Elida Raquel Uzcátegui y Bartola Ramón Santa maría, casado, obrero, domiciliado en Av. Bolívar con Altos del Brasil, casa S/N, de color beige, a una cuadra de la Licorería Copa de Oro, Municipio Torres, Estado Lara, condenado en fecha 09-06-2008 por el Tribunal de Control N° 11 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, mediante el procedimiento de ADMISIÓN DE HECHOS, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el Artículos 453 orinales 3° y 4° del Código Penal, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. Corresponde a este órgano jurisdiccional REFORMAR EL CÒMPUTO DE LA PENA IMPUESTA de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, concat.....