Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se aceptó la DECLINATORIA DE COMPETENCIA planteada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centrooccidental y se declaró la competencia por la materia de esta alzada, para conocer y decidir el presente asunto relativo al procedimiento de tacha principal, seguido por el ciudadano Antonio Alejandro Bucci Yánez, Ana Maria Bucci Yanez y Antonella Alejandra Bucci Guzman, contra la sociedad mercantil Inmobiliaria Bucci, C.A. y de sus accionistas Cataldo Antonio Bucci Montes y María Teresa Montes de Bucci.