Se dictó sentencia mediante la cual este Órgano Jurisdiccional declaró su COMPETENCIA conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano TOMÁS EDUARDO SANDOVAL ALVARADO, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.579.810, Juan Carlos Luna Escalona, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 205.587, contra la decisión dictada en fecha 9 de julio de 2019, por el CONSEJO DE HONOR DE LA FEDERACION VENEZOLANA DE COLEO (FEVECO); en consecuencia, ADMITIÓ la demanda de nulidad interpuesta, ORDENÓ la aplicación del procedimiento breve previamente establecido en la Sección Segunda del Capítulo II, Titulo IV, de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (artículos 65 al 75), la citación del Presidente de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO), para que comparezca ante esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo por sí o por medio de apoderado judicial, para que ejerza s.....