En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Declara CULPABLE, al ciudadano: PEDRO JOSE TORRES QUINTERO, portador de la cedula de identidad Nº 25.629.621, estado civil casado, fecha de nacimiento 18-10-1987, de 22 años de edad, hijo de Eustiquiano Arévalo y Petra Arévalo; de profesión u oficio: Artesano; Grado de instrucción 7mo Grado de Educación Media, domiciliado en el cucharal, vía Carora, entrada de Atarigua, frente a la parada, a mano derecha casa sin numero, casa de color blanco, cerca de la iglesia como a 150 metros, parroquia castañeda, estado Lara. Teléfono 0416-753-4093, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA Y AMENAZA previstos y sancionados en el artículo 41 y 43 de la Ley Orgánica sobre el.....