DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandada. SEGUNDO: Se revoca la sentencia dictada en fecha 07 de marzo del 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
TERCERO: Sin lugar la demanda incoada por los ciudadanos GREGORIO AISLAIN ANIJA HEREDIA, CANDIDO JOSE BRAVO LEON y JONATHAN RIVERA ESPEJO, contra la empresa AGENCIA RIO, C.A.