EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
UNICO: Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación a la Convenimiento suscrito. En los términos expuestos en el mismo, procediéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Publíquese y regístrese.-
Dada, Firmada y sellada, en la sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los seis (06) días del mes de Octubre del dos mil ocho (2008). Años 198° y 149°.
EL JUEZ,
ABG. MARTIN E. BONILLA.
LA SECRETARIA,
ABG. EMMA GARCIA.
Nota: Publicada en su fecha hoy: 06-10-2008, a las 12.30 p.m.-
La sec.