CAPITULO V
DECISIÓN
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Sin Lugar la demanda por Nulidad de Contrato de Venta, interpuesta por la ciudadana, Itzaida Dubraska Cadieres Díaz, contra el ciudadano Carlos Francisco Cadieres Díaz, antes identificados.
Se condena al pago de costas a la parte perdidosa conforme lo determina el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena notificar a las partes de la presente sentencia.
Dada, sellada y firmada en la ciudad de Puerto Cabello, a los seis días del mes octubre de de 2016, siendo las 11:34 de la mañana. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
La Jueza Provisoria
Abogada Marisol Hidalgo García
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