esta Jueza Presidenta de la Sala Nro. 1 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR LA INHIBICION propuesta por la Dra. NIDIA GONZALEZ ROJAS en su condición de Jueza Superior Nro 3 de la Sala Nro. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, a los fines de no conocer el asunto signado con el Nº No GP01-O-2017-000081, contentivo de Amparo Constitucional, interpuesto por los ciudadanos JAIRO LEON SANTOYO y GERDI ELIZABETH CHASSAIGNNE asistidos por el abogado LUIS FELIPE OJEDA PERELLI en el asunto principal Nro. GP01-P-2016-21573, en contra del Tribunal Cuarto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, inhibición propuesta de conformidad con el artículo 90 y el articulo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber emitido opinión.....