Conforme a lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, se absuelve a Carlos Alberto Chinchilla Chinchilla, de la acusación presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Mérida, por el delito de Violación Agravada, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, en concordancia con el artículo 380, ordinal 2°, ejusdem, en perjuicio de Rossana Carolina Dugarte Rojas.