Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los artículos 1354 del Código Civil, 506 de Código de Procedimiento Civil y 35 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario este Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Sin lugar la demanda de DESALOJO intentada por el ciudadano WILFREDO SANDOVAL MARCANO, en contra de JOSÉ MASRI BALADI.
Por las características del juicio no hay condenatoria en costas.