Es así como se evidencia del cuaderno de comisión Nº 17294, emitido del Tribunal Comisionado Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, teniendo como de fecha Entrada el dia 19 de Julio de 2012, ante la unidad de recepción y distribución de documentos de los municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, el cual fue recibida la presente comisión en fecha 25 de Julio de 2012; ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo; en conclusión queda evidentemente demostrado el no cumplimiento de la parte actora con su obligación de poner a disposición del alguacil los medios necesarios para practicar la citación debe ser cumplida respecto del alguacil del Tribunal comisionado, a quien corresponde llevar a cabo el acto de citación, y así se .....